La expulsión de estos parlamentarios de la Asamblea Nacional (AN) , exdirigentes del partido Acción Democrática (AD), a «motu proprio» se refiere a medidas tomadas de manera autónoma, en este caso, en respuesta a su apoyo a Edmundo González.
Este tipo de decisiones pueden estar influenciadas por la dinámica política y las presiones internas del partido blanco, esta insólita decisión no solo atenta contra los derechos de los dos diputados, sino que le quita la representación de un estado y se la da a otro.
Las razones de la expulsión de los diputados de la Asamblea Nacional (AN) de Acción Democrática (AD) generalmente están relacionadas con la lealtad a la dirección del partido y su posición en el contexto político.
En este caso específico, puede haberse debido al apoyo de los diputados a Edmundo González, lo que podría considerarse como un acto de disidencia o desacuerdo con la línea oficial del partido.
Además, las expulsiones en partidos políticos a menudo se producen cuando los miembros actúan en contra de las decisiones del liderazgo, apoyan a figuras o movimientos que no son alineados con la estrategia del partido, o cuando hay acusaciones de deslealtad.
Otros diputados regionales y nacionales están amenazados también con allanarles la inmunidad parlamentaria, desproclamarlos y sacarlos del parlamento. Les han suspendido el beneficio de alimentación, así como el sueldo o dieta que deben recibir como parlamentarios, violentándose la Ley, desde julio 2024.
La secretaria de la Asamblea Nacional, María Alejandra Hernández, les ha dicho a varios diputados “no vengan a la Asamblea porque ustedes apoyaron a Edmundo González y a María Corina Machado¨.
La estrecha alianza de José Bernabé Gutiérrez Parra con el chavismo, es decisiva para que, el 15 de junio 2020, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), al servicio del régimen venezolano, lo nombrara presidente del partido Acción Democrática (AD) con la imposición de una junta ad hoc.

El argumento usado por Gutiérrez Parra es que, si los diputados Pérez y Calderón, fueron electos por AD, quien tenía como candidato a Luis Eduardo Martínez para las presidenciales, hubiesen apoyado al candidato de la oposición Edmundo González Urrutia. “Se salieron de la línea del partido”, habría sido la respuesta de Gutiérrez.
Esto es insólito ante la arbitrariedad de Bernabé Gutiérrez, al irrespetar a quienes en el 2020 votaron por los diputados Carmen Alicia Calderón y Ezequiel Pérez Roa, sino que coloca como sustituto de Pérez, quien es diputado por el estado Táchira, al diputado suplente Carlos Granadillo del estado Carabobo.

Los diputados
El ingeniero agrónomo Ezequiel Eligio Pérez Roa, también es Técnico Superior Universitario, fue alcalde del municipio Libertador de Táchira y Secretario Agrario del partido Acción Democrática. Hoy lo desplazan de su curul en la Asamblea Nacional.
Resultó electo de número 1 en la lista de Acción Democrática ante la Asamblea Nacional, siendo así un diputado principal que representa al Táchira, y sus suplentes son Silvia Melina Vásquez, Gustavo Rangel y Azael Chacón, para el periodo 2021-2026, donde la gran mayoría de la oposición venezolana no participó por una serie de vicios que el régimen venezolano llevó a cabo contra los parlamentarios del 2015, cuando la oposición arrasó en las elecciones parlamentarias.
El argumento usado por Gutiérrez Parra es que, si los diputados Pérez y Calderón, fueron electos por AD, quien tenía como candidato a Luis Eduardo Martínez para las presidenciales, hubiesen apoyado al candidato de la Oposición Edmundo González Urrutia. “Se salieron de la línea del partido”, habría sido la respuesta de Gutiérrez.
Cuando Nixon Humberto Maniglia Véliz muere de un infarto, la diputada Calderón se incorpora solo una vez, porque de ahí en adelante la secretaria no le permite firmar la hoja de asistencia “por órdenes superiores”.
Una fuente asegura que “a la diputada Calderón ni siquiera la dejan entrar al Palacio Federal”.
Con esa acción no solo están violentando la Soberanía y el Principio de la Libre Determinación de los pueblos del estado Indígena de Amazonas, sino que violan la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de los Derechos de la Mujer a una Vida Libre de Violencia.
HCT
En desarrollo…